El pasado 30 de junio el Consejo de Ministros aprobó los nuevos permisos laborales y parentales, con el fin de favorecer la conciliación de la vida familiar y personal. Conoce Las principales novedades en nuestro Blog.
Novedades laborales del Real Decreto 5/2023 de 28 de junio
El Real Decreto 5/2023 modifica en diversos aspectos el Estatuto de los Trabajadores para introducir varias novedades laborales destacadas que afectan a los permisos parentales y otros permisos laborales. Las principales novedades son las siguientes:
- Se incluye el supuesto de discriminación por el trato desfavorable dispensado mujeres u hombres por el ejercicio de los derechos de conciliación o corresponsabilidad en la vida familiar y laboral.
- Se amplían los derechos de los trabajadores en relación con las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, a los trabajadores que tengan necesidades de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad, así como otras personas dependientes.
- Se añade un nuevo supuesto de nulidad del despido en el caso de que se realice durante el nuevo permiso parental o mientras se disfrute de un periodo de adaptación de jornada.
- También se amplía el ámbito subjetivo de determinados permisos a parejas de hecho (fallecimiento, accidente o enfermedad grave, reducción de jornada o registro de la pareja de hecho).
- En cuanto a la reducción de jornada por cuidado del lactante se han introducido limitaciones puesto que en el caso de que la pidan dos trabajadores de la misma empresa respecto al mismo lactante, la empresa puede limitar el ejercicio en base a motivos fundados, y deberá proponer una alternativa.
- Por lo que se refiere a los permisos parentales y laborales se establecen las siguientes medidas:
- Se regula un nuevo permiso parental para el cuidado de hijo menor acogido hasta que cumpla ocho años. La duración de este permiso será de ocho semanas, continuas o discontinuas y podrá disfrutarse a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial.
- Permisos para ausentarse del trabajo:
- Cinco días al año (antes eran dos) por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo.
- Cuatro días retribuidos para ausentarse del trabajo por fuerza mayor o por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente.
¿Qué ha ocurrido con la Ley de familias?
Como hemos comentado anteriormente, se ha suspendido la tramitación de la Ley de familias debido a la convocatoria de elecciones generales. Esta ley incluía medidas más novedosas como la ampliación de los permisos de paternidad y maternidad a seis meses o la equiparación de las familias monoparentales a las familias numerosas.
En definitiva, el nuevo Real Decreto modifica el Estatuto de los Trabajadores en diversos aspectos relativos a los permisos laborales en general y parentales en particular para favorecer una adecuada conciliación de vida personal y familiar. Si necesitas ayuda para tramitar los nuevos permisos, contacta con nuestro equipo de asesores laborales para que realicen todas las gestiones.